Sunday, November 13, 2016


Este video que les comparto nos explica a grosso modo la situación de las personas que han tenido que refugiarse en países distintos al de su nacionalidad o domicilio acostumbrado por persecuciones de distintos índoles.

Tuesday, November 8, 2016

Derecho Internacional Humanitario y Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Derecho Internacional Humanitario (DIH) y 
Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH).

El derecho internacional para una general definición, es la rama del derecho que regula las normas y relaciones ya sea entre los Estados –derecho internacional público- o bien, entre Estados y particulares –derecho internacional privado-, dirimiendo los conflictos que de dichas relaciones surjan. En el primero de estos dos tipos, en los Estados en los cuales se desencadenan conflictos armados, entra en función las reglas del DIH, consistente en un conjunto de convenios así como de normas de derecho internacional consuetudinario cuya finalidad específica es solucionar los problemas derivados directamente de estos conflictos, tratando de limitar sus catastróficos efectos y protegiendo a las personas que no participan en los combates.[1] Es llamado derecho de guerra o derecho de los conflictos armados.

El origen del D.I.H. se vislumbra desde los innumerables esfuerzos que se han realizado con el paso del tiempo en intentos de someter el uso de la fuerza a limitaciones y condiciones destinadas a proteger al ser humano contra las consecuencias de la arbitrariedad, a limitar la utilización de la violencia, reducir las pérdidas humanas y materiales inútiles en procura de conciliar los imperativos humanos y las necesidades militares.[2] En otras palabras, este derecho internacional regula las relaciones en los combates o guerras y hace labores preventivas de situaciones innecesarias durante su realización. Las dos principales vertientes del Derecho Internacional Humanitario moderno se dirigen la primera hacia los medios y métodos de combate, y la otra, hacia el respeto a las víctimas de las guerras.[3]

Es menester mencionar que uno de los signos principales del Derecho Internacional contemporáneo según es expresado por el autor Juan Antonio Carrillo Salcedo, es el proceso de humanización que se ha desarrollado, lo que significa que, a diferencia del Derecho Internacional tradicional, el Derecho Internacional de nuestros días tiene como una de sus preocupaciones fundamentales la protección y promoción de la dignidad del ser humano en la esfera internacional.[4] De lo cual se colige que con el pasar del tiempo, el interés de la comunidad internacional se ha focalizado al interés de cada individuo, no sólo visto como una colectividad.

Se está en presencia de un conflicto armado cuando se recurre a la fuerza entre Estados o existe una situación de violencia prolongada entre autoridades gubernamentales y grupos armados organizados, o bien, entre estos grupos dentro de un Estado.[5] De lo cual entiendo que, un conflicto armado es aquel escenario de discordias o disparidades entre fuerzas armadas como ha dicho el Tribunal Penal de Ruanda en el caso Prosecutor vs. Akayesu, en el año 1998, por hostilidades entre grupos actores no estatales o por enfrentamientos a lo interno de un Estado.

El D.I.H. y el D.I.D.H. comparten una filosofía común consistente en la preservación y protección del ser humano, pero desde ópticas distintas. Ambos derechos prohíben por ejemplo los tratos crueles o inhumanos, y regulan aspecto como el derecho a los alimentos y la salud, sin embargo en el D. I. H. tiene ámbitos que no alcanza el DIDH[6] como por ejemplo los prisioneros de guerra y los métodos de combate, y en contrapartida, el D. I. D. H. regula la libertad de prensa, de movimiento y  de asociación, que no regula el primero.

El derecho internacional humanitario se aplica en situaciones de guerra, mientras que el derecho de los derechos humanos encuentra aplicación tanto en tiempos de paz como en tiempos de guerra. Son distintos derechos pero actúan de manera complementaria. La fuente de la primera mencionada nace en los Convenios de Ginebra y reglamentos respecto a métodos y medios de guerra; por su parte, los Derechos Humanos nacen con la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, otros convenios y tratados regionales. Es menester que el Derecho Internacional Humanitario, el Derecho Internacional de los Refugiados y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en los planos tanto normativo como operativo sean cónsonos a fin de maximizar la protección de los derechos de la persona humana, como lo ha plasmado el Juez A. A. Cancado Trindade por ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso a Masacre Plan Sánchez versus Guatemala, decidido en el año 2004, de cuyas convergencias se impone armonizar tal protección buscando en cada Estado el bien común y no utilizar la estructura del Estado como un servicio de la represión a favor de intereses privados.

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[1] Comité Internacional Geneve. Servicio de asesoramiento en derecho internacional humanitario. 07/2004.
[2]Peytrignet, Gerard. Derecho Internacional Humanitario: Evolución Histórica, Principios Esenciales y Mecanismos de Aplicación. Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Perú. Tomo  II, Pág.143.
[3] Ibíd. Pág. 145.
[4] Carrillo Salcedo, Juan Antonio. Soberanía de los estados y Derechos Humanos en el Derecho Internacional Contemporáneo. 2.a ed. Madrid: Tecnos, 2001, pág. 14.
[5] Salmón, Elizabeth. Introducción al Derecho Internacional Humanitario. Perú. 2004. Pág. 26.
[6] Comité de la Cruz Roja. Comité Internacional Geneve. Servicio de Asesoramiento en Derecho Internacional Humanitario. Derecho internacional humanitario y derecho internacional de los derechos humanos Analogías y diferencias. Enero, 2003.

Friday, May 13, 2016



"El problema de los Refugiados explicado en dos minutos" ACNUR.

Les comparto el presente breve video que nos explica en dos minutos lo que sucede con los refugiados.

Thursday, May 12, 2016

El 20 de junio de cada año se conmemora el Día Internacional del Refugiado desde el año 2001 cuando lo dispuso la Asamblea General de las Naciones Unidas, con la resolución 55/76 con la consigna siguiente:

Cada minuto, ocho personas lo dejan todo para huir de la guerra, la persecución o el terror y la mayoría tienen que elegir entre algo horrible o algo aún peor.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, también conocida como ACNUR, trata de proporcionarles cierto bienestar, pero tiene que hacer frente a un número cada vez mayor de desplazados.
Como una expresión de solidaridad con África, continente que alberga a la mayoría de los refugiados del mundo, la Asamblea General de las Naciones Unidas, adoptó la resolución 55/76 el 4 de diciembre de 2000, en la que declaraba el 20 de junio Día Mundial del Refugiado, haciéndolo coincidir así con el aniversario de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951


República Dominicana, signataria  de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados del 1951 este año, será parte de los países que realizarán actividades para recordar a todos nuestros habitantes, la existencia de una comunidad de refugiados en nuestra Nación.

Es en tal atención que la Asociación Lazos de Dignidad, la organización de las personas refugiadas en nuestro país organiza la actividad "Pedaleo por la Paz del mundo RD 25K" a celebrarse en fecha 18 de junio de 2016 en el Mirador Sur a las 8:00 a.m. como una actividad recaudatoria de fondos para dar apoyo, ayuda y solidaridad a los solicitantes de refugio en el territorio así como a los reconocidos refugiados por la Patria nuestra.